Si aún no conoce este servicio de ADSG CAMPOASTUR,
póngase en contacto con las oficinas centrales y
le explicaremos como se lleva a cabo el programa
sanitario, y las ventajas sanitarias y económicas que le
aporta a su rebaño.
Revisión Bibliográfica:
•
ADSG CAMPOASTUR, anexo VII 2007 al 2017. BOPA 15.05.2017
•
Mato Iván, 2017. Tesis doctoral. Estudio de seguimiento a largo
plazo de ganaderías bovinas infectadas con MAP. 56-92. USC
•
Raymond W. Sweeney, 2011. Phatogenesis of Paratubercuosis.
The Veterinary Clinics of North America, 27, 537-544.
•
Smith, B.P. 2009. Medicina Interna de Grandes Animales, 881-
886, 4ª edición. Elsevier.
RESUMEN DIVULGATIVO PARA LA REVISTA CAMPOASTUR. Nº 21 AÑO
2018. VETERINARIO: ANA PICO FDEZ. PICO VETERINARIOS SLP.
Purines y Gestión de Ayudas
PAC
Para la Segunda Conferencia contábamos con la
presencia del Director General de Ganadería del
Principado de Asturias D. Ibo Alvarez González y con el
Jefe de Servicio de Control y Ordenación de Superficies
de la Consejería D. Jesús Presno Pérez. Este último
explicó las modificaciones que afectan a la Gestión de
las Ayudas PAC y Condicionalidad de las mismas según
el nuevo Real Decreto para aplicación en España de la
PAC publicado el 11 de noviembre del
2.017
D. Ibo Álvarez González expuso
el tema de mayor debate y
preocupación del momento que es
las modificaciones que este real
decreto establece a la aplicación
de purines y estiércoles de cara al
cobro de las ayudas, explicando las
excepcionalidades que el Principado
de Asturias aplicará ya este año. Las
determinaciones del Real Decreto y
las excepcionalidades del Principado
de Asturias son las siguientes:
PURINES Y ESTIERCOLES SÓLIDOS
El R.D. 980/2017, que modifica el
R.D. 1078/2014 (condicionalidad para
cobrar las ayudas de la PAC), añade
lo siguiente párrafos:
“La aplicación de purín en las superficies agrícolas no
podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico
ni cañones, pudiendo las comunidades autónomas
establecer excepciones, atendiendo a las características
específicas de las superficies afectadas, incluidas las
condiciones orográficas y climáticas, u otros motivos,
debiendo las mismas quedar debidamente justificadas.
Los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de
su aplicación en el menor plazo de tiempo posible. No
obstante, se podrán exceptuar de esta obligación, si
la comunidad autónoma así lo establece, los tipos de
cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los
pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación
del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo
ya instalado.»
Atendiendo a las características específicas de la
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, se
establece las siguientes excepciones a la prohibición
del uso de sistemas plato o abanico y cañones en la
aplicación de purines:
1. Cuando se trate de recintos SIGPAC con pendientes
medias superiores al 10%.
2. Cuando se trate de recintos SIGPAC de tamaño
inferior a 0,5 hectáreas.
3. Cuando el resto de las parcelas agrícolas de la
explotación (descontadas las parcelas incluidas
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