Revista Campoastur - Septiembre 2018

Nota informativa sobre la Tramitación de la Devolución parcial del Impuesto de Hidrocarburos para Agricultores y Ganaderos En el BOE de 23/04/2010 se publicó la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos (“Devolución Gasóleo Agrícola”). A raíz de las solicitudes presentadas durante el año 2017 (relativas a los suministros efectuados durante el ejercicio 2016, principalmente), la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de Oviedo (mismo criterio seguido por la Oficina de Gijón en la actualidad) inició sendos Procedimientos de Comprobación Limitada (aún en tramitación) de los que resultan los siguientes aspectos fundamentales y que es preciso tener en cuenta cara a la presentación de nuevas Solicitudes de Devolución: 1.- MEDIOS UTILIZADOS: En la solicitud deben incluirse TODOS los medios en los que se hubiera utilizado el gasóleo agrícola durante el periodo al que se refiere la misma. Muy importante: • Los Medios utilizados tienen que ser titularidad del solicitante. Caso de no ser así, se precisa un documento firmado por el titular acreditando que el vehículo está a disposición del solicitante. • En caso de fallecimiento del titular: Certificado de últimas voluntades, Testamento o declaración de herederos, Impuesto de Sucesiones donde esté incluida la máquina, etc.. • Si el vehículo circula por la vía pública, debe contar con seguro e ITV en vigor. 2.- FORMA DE SUMINISTRO: • Si el suministro se realiza EN LA PROPIA EXPLOTACIÓN: La normativa reguladora del Sector de Hidrocarburos establece los requisitos del suministro del gasóleo a domicilio y exige: Depósito homologado e inscrito en el Registro de Industria del Principado de Asturias y cumplimiento de exigencias relativas a revisiones periódicas y medidas de seguridad aplicables en cada caso (normativa de prevención de riesgos laborales, de extinción de incendios, etc..). Por tanto, No está permitido: * El suministro directamente a los tanques de los

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